Extraña es la época del año en la que algún vecino no estÔ realizando obras en su domicilio. En función de la envergadura de las mismas, serÔ necesario pedir autorización o no a la comunidad, aunque siempre serÔ recomendable comunicarlas. El administrador de fincas es el encargado de actuar como intermediario.
Si la convivencia en condiciones normales en una comunidad de propietarios es difĆcil, imagĆnense cuando existen obras en el edificio. Siempre hay algĆŗn vecino que se muestra descontento con la suciedad, el polvo, posibles rupturas del mobiliario de las zonas comunes o el uso del ascensor para transportar mercancĆas. La labor del administrador de fincas serĆ”, con la Ley de Propiedad Horizontal en la mano, informar al propietario que decida realizar reformas en su hogar sobre las exigencias normativas existentes.
Urbytus pone a nuestra disposición una moderna plataforma de gestión y comunicación para los administradores de fincas y sus comunidades de propietarios; UrbAdmin. Sin necesidad de impresión de papeles, documentos u ordenanzas, gracias a esta eficaz herramienta el administrador podrÔ informar a los vecinos sobre la ejecución de obras en alguna de las viviendas del edifico. De este modo, los propietarios podrÔn estar informados inmediatamente sobre aspectos importantes relativos a las reformas del hogar de los particulares: horarios, fecha de comienzo y fin, nivel de ruidos y suciedad, trabajos llevados a cabo, horarios de uso del ascensor, etc. Al igual que se comunican las reuniones, asambleas y actas de las juntas vecinales, la comunicación integral también incluirÔ informaciones de este tipo, recibiendo el administrador cualquier tipo de duda o reclamación.
Aunque la ordenanza municipal de tramitación de licencias de cada localidad es la encargada de establecer qué actuaciones requieren un permiso previo, la comunicación con los vecinos sigue una regla estÔndar. La Ley de Propiedad Horizontal de 1960 recoge que es obligatorio informar al presidente de la comunidad y al administrador de fincas sobre la ejecución de una obra en el interior de la vivienda, de tal modo que la comunidad de propietarios pudiese cerciorarse de que no se alterarÔn los elementos comunes del edificio, como los muros de carga, la fachada o las vigas.
Si las obras son consideradas de menor rango, entonces, y por mucho que se puedan quejar los vecinos, no serĆ” necesario comunicarlas previamente. No obstante, si la reforma de la vivienda ha afectado a elementos comunes, y la comunidad de vecinos no ha autorizado ningĆŗn tipo de obra, entonces Ć©sta tendrĆ” un plazo de reclamación de 15 aƱos para emprender acciones judiciales contra el propietario infractor. A Ć©ste se le podrĆ” reclamar la reposición de los elementos comunes que existĆan o una indemnización por daƱos y perjuicios. A pesar de que las obras fuesen menores, y aunque casi nadie lo hace, serĆ” conveniente comunicarlas a nuestro administrador de fincas para evitarnos problemas a posteriori.
Cada comunidad autónoma o municipio se reserva el horario estipulado para la ejecución de obras. En lĆneas generales, existen unos niveles de ruido bĆ”sicos permitidos y regulados en las ordenanzas de protección del medio ambiente. AsĆ mismo, el horario para efectuar obras suele estar comprendido entre las ocho de la maƱana y las nueve de la noche, salvo sĆ”bados y festivos en los que la hora de comienzo suele retrasarse hasta las nueve y media o las diez de la maƱana. Comunicar las obras a nuestro administrador de fincas nos permitirĆ” conocer la normativa legal vigente, conociendo aspectos como si es posible continuar con las obras en las horas centrales de la tarde.
Como tal, no existe una normativa especĆfica que limite el uso del ascensor para el transporte de mercancĆas. No obstante, y al estar pensado para personas y enseres pequeƱos, el administrador de fincas recomendarĆ”, al vecino que requiera del ascensor para subir materiales de construcción, que se hiciese responsable de su mantenimiento. De este modo, deberĆ” recubrirlo y responder ante cualquier tipo de mancha, araƱazo o golpe irreparable.